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Participacion Ciudadana

 

Nombre del mecanismo de participación ciudadana Breve descripción de su objetivo Requisitos para participar link
Los plebiscitos Comunales

Se entenderá como plebiscito aquella manifestación de la voluntad soberana, respecto a la modalidad de participación de la ciudadanía local, mediante la cual ésta manifiesta su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal, que le son consultadas. Serán materias de plebiscito comunal todas aquellas que, en el marco de la competencia municipal, dicen
relación con:
1) Programas o proyectos de inversión específicos, en las áreas de salud, educación, salud mental, seguridad ciudadana, desarrollo productivo, medio ambiente, urbanismo y otros que tengan relación con el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.
2) La aprobación o modificación del Plan de Desarrollo Comunal.
3) La aprobación o modificación del Plan Regulador Comunal y,
4) Otros de interés para la comunidad local, siempre que sean propias de la competencia municipal.

Ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna. Link
Las audiencias públicas Las audiencias públicas son un medio por las cuales el alcalde y el concejo conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal. Las audiencias públicas serán requeridas por el Alcalde y el Concejo y conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal, como asimismo las que no menos de 100 ciudadanos de la comuna les planteen. Residente en la comuna mayor de edad Link